INCOTERMS 2022

DISPOSICIONES GENERALES

Los Incoterms son términos, de tres letras cada uno, que reflejan las normas de aceptación voluntaria por las dos partes —compradora y vendedora—, acerca de las condiciones de entrega de las mercancías y/o productos.

Las reglas Incoterms delimitan la responsabilidad entre vendedor y comprador en cuanto a la entrega de las mercaderías, costos y riesgos que implica esta entrega desde la empresa vendedora a la empresa compradora. Son aplicadas y entendidas de forma uniforme por los comerciantes, los redactores de contratos, así como por las cortes de arbitrajes.

EXW – En Fábrica

El vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado (Taller, Fabrica, Almacén, Etc.). El vendedor no tiene que cargar la mercancía en ningún vehículo de recogida, ni tiene que despacharla para la exportación. EXW representa la mínima obligación para el vendedor.

FCA – Libre Porteador

El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el comprador en las instalaciones de la empresa vendedora o en otro lugar designado. FCA exige que el vendedor despache las mercancías para la exportación, cuando sea aplicable.

CPT – Transporte Pagado hasta

El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en el lugar acordado, y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado. Cuando se utiliza CPT, CIP, CFR o CIF, la empresa vendedora cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía en poder del porteador y no cuando la mercancía llega al lugar de destino. Esta regla tiene dos puntos críticos porque el riesgo se transmite y los costos se transfieren en lugares diferentes.

CIP – Transporte y Seguro Pagado hasta

El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en el lugar acordado, y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte y seguro necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado. Se debe observar que la obligación del vendedor es obtener el seguro sólo con una cobertura mínima.

DAT – Entrega en Terminal

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía, una vez descargada del medio de transporte de llegada, se pone a disposición del comprador en el terminal designado en el puerto o lugar de destino, cubierto o no, como un muelle, almacén, estación de contenedores o terminal de carretera, ferroviaria o aérea.

DAP – Entrega en Lugar

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado.

DDP – Entrega Derechos Pagados

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador despachada para la Importación, con todos los impuestos y gastos de internación de las mercancías en el país del comprador DDP representa la máxima obligación para la empresa vendedora. Se recomienda no utilizar DDP si la empresa vendedora no puede, directa o indirectamente , conseguir el despacho de importación.

FAS – Libre al costado del buque

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se coloca al costado del buque en el Puerto de embarque designado. La entrega se realiza en el muelle o en el sitio destinado por la Cía. Naviera para stacking del embarque.

FOB – Libre a Bordo

El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque.

CFR – Costo y Flete

El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, debiendo además contratar y pagar el valor flete internacional hasta el puerto de destino designado. El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a bordo del buque y no cuando llega al lugar de destino.

CIF – Costo Seguro y Flete

El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, debiendo además contratar y pagar el valor flete internacional y del seguro hasta el puerto de destino designado. Se debe observar que la obligación del vendedor es obtener el seguro sólo con una cobertura mínima. El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a bordo del buque y no cuando llega al lugar de destino.

Los Incoterms son términos, de tres letras cada uno, que reflejan las normas de aceptación voluntaria por las dos partes —compradora y vendedora—, acerca de las condiciones de entrega de las mercancías y/o productos.

Las reglas Incoterms delimitan la responsabilidad entre vendedor y comprador en cuanto a la entrega de las mercaderías, costos y riesgos que implica esta entrega desde la empresa vendedora a la empresa compradora. Son aplicadas y entendidas de forma uniforme por los comerciantes, los redactores de contratos, así como por las cortes de arbitrajes.

EXW – En Fábrica

El vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado (Taller, Fabrica, Almacén, Etc.). El vendedor no tiene que cargar la mercancía en ningún vehículo de recogida, ni tiene que despacharla para la exportación. EXW representa la mínima obligación para el vendedor.

FCA – Libre Porteador

El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el comprador en las instalaciones de la empresa vendedora o en otro lugar designado. FCA exige que el vendedor despache las mercancías para la exportación, cuando sea aplicable.

CPT – Transporte Pagado hasta

El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en el lugar acordado, y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado. Cuando se utiliza CPT, CIP, CFR o CIF, la empresa vendedora cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía en poder del porteador y no cuando la mercancía llega al lugar de destino. Esta regla tiene dos puntos críticos porque el riesgo se transmite y los costos se transfieren en lugares diferentes.

CIP – Transporte y Seguro Pagado hasta

El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en el lugar acordado, y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte y seguro necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado. Se debe observar que la obligación del vendedor es obtener el seguro sólo con una cobertura mínima.

DAT – Entrega en Terminal

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía, una vez descargada del medio de transporte de llegada, se pone a disposición del comprador en el terminal designado en el puerto o lugar de destino, cubierto o no, como un muelle, almacén, estación de contenedores o terminal de carretera, ferroviaria o aérea.

DAP – Entrega en Lugar

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado.

DDP – Entrega Derechos Pagados

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador despachada para la Importación, con todos los impuestos y gastos de internación de las mercancías en el país del comprador DDP representa la máxima obligación para la empresa vendedora. Se recomienda no utilizar DDP si la empresa vendedora no puede, directa o indirectamente , conseguir el despacho de importación.

FAS – Libre al costado del buque

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se coloca al costado del buque en el Puerto de embarque designado. La entrega se realiza en el muelle o en el sitio destinado por la Cía. Naviera para stacking del embarque.

FOB – Libre a Bordo

El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque.

CFR – Costo y Flete

El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, debiendo además contratar y pagar el valor flete internacional hasta el puerto de destino designado. El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a bordo del buque y no cuando llega al lugar de destino.

CIF – Costo Seguro y Flete

El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, debiendo además contratar y pagar el valor flete internacional y del seguro hasta el puerto de destino designado. Se debe observar que la obligación del vendedor es obtener el seguro sólo con una cobertura mínima. El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a bordo del buque y no cuando llega al lugar de destino.

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